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Nuevo acuerdo

Nueva regulación en el mercado de valores panameño

La norma reglamenta el ejercicio profesional de los Corredores de Valores, Analistas, Ejecutivos Principales y Ejecutivos Principales de Administrador de Inversiones.

ANPanamá

(Ciudad de Panamá-ANPanamá). La Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá  divulgó esta semana cambios en las reglas de las personas naturales que participan en el sector.

Se trata del Acuerdo 5-2014 que recientemente fue promulgado en la Gaceta Oficial con el propósito de fijar disposiciones necesarias para ordenar el ejercicio profesional de los Corredores de Valores, Analistas, Ejecutivos Principales y Ejecutivos Principales de Administrador de Inversiones.

La norma adopta nuevas reglas al procedimiento para obtener y conservar las licencias expedidas por la Superintendencia del Mercado de Valores, y también las responsabilidades que deben cumplir las personas naturales en el desempeño de sus cargos, conforme a la respectiva licencia.

De acuerdo al Superintendente Juan Manuel Martans, el Acuerdo tiene como principal objetivo “es ir estableciendo el estándar más alto del que teníamos”, explicó que ya “pasamos la etapa en la cual las personas naturales se podían compartir entre varias entidades, porque éramos un mercado pequeño y no se contaba con suficientes personas con licencia”.

En sus primeros artículos el Acuerdo es tajante al establecer que los únicos que podrán ocupar los cargos arriba mencionados son las personas domiciliadas en Panamá, y con la licencia requerida conforme al cargo que desempeña, se reconoce una excepción para aquellas personas naturales que no teniendo domicilio permanente en el país, cuenta con el respaldo solidario de la empresa en la que labora frente a las sanciones que se le impongan.

Se hace énfasis en que las entidades con licencia expedida por la SMV, únicamente podrán contratar personal que posea la licencia correspondiente al cargo para el cual fue contratado.

La nueva regulación formula algunas restricciones en el ejercicio del cargo, por ejemplo una persona natural solo podrá ejercer un cargo para una empresa, excepcionalmente se permitirá el ejercicio de funciones en dos cargos bajo la misma licencia o licencias distintas previa autorización del ente regulador, pero sólo en los casos en que los cargos sean compatibles y en una misma entidad, o en empresas distintas pero bajo un control o administración común, y también cuando haya una ausencia de más de 45 días del titular del cargo.

El Acuerdo deja claro que es la SMV la entidad facultada para establecer los diferentes tipos de exámenes que deben aprobar las personas naturales que soliciten una licencia para desempeñarse en la plaza, la Superintendencia reconocerá las acreditaciones de jurisdicciones reconocidas luego de cumplir con ciertas formalidades establecidas en la norma.

Igualmente, se establecen los procedimientos para solicitar o renovar una licencia ante la SMV, los requisitos y la documentación exigida. Se destina uno los título del Acuerdo a enumerar una serie de responsabilidades que deben cumplir las personas naturales en el ejercicio de sus cargo para beneficio del Mercado de Valores y en especial de los inversionistas, y advierte que toda persona natural debe pagar la tarifa de supervisión prevista en la Ley de Mercado de Valores, por cada una de las licencias que le haya expedido la Superintendencia.

Las personas naturales con licencia vigente están obligadas a mantener actualizada la información que debe suministrar a la entidad reguladora.

El Superintendente Juan Manuel Martans, advirtió que “hemos evolucionado a un periodo de madurez, donde tenemos que vernos como un centro financiero de primer mundo, en donde cada personas que ejerza una licencia de ejecutivos, corredores, oficial de cumplimiento o analistas trabaje en una sola entidad a tiempo completo”, indicó.

Es preciso resaltar, añadió el Superintendente, que con la nueva norma se establece un proceso más efectivo, y se eliminaron algunos pasos burocráticos que en nada ayudaban a saber si las personas tenían la idoneidad y la solvencia moral para ejercer el cargo.