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Cambian reglas en servicios de internet en Panamá

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(Ciudad de Panamá-ANPanamá). Los clientes del Servicio de Internet para Uso Público en Panamá que confronten interrupciones temporales durante un periodo de facturación, por causas no atribuibles a él, recibirán una acreditación mensual fija de Internet, así lo informó por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) para regular este sector.

Esta decisión forma parte de las nuevas normas aprobadas por la entidad. Panamá registró al cierre del 2015 un total de 316.170 clientes de Internet de los cuales 275.068 son residenciales y 41.102 comerciales. El tipo de tecnología utilizada es WIFI, WIMAX, ADSL y Cable Modem.

La norma además establece que los proveedores de Internet deberán cumplir con las capacidades y velocidades que suministran a sus suscriptores.

La Asep explicó que la decisión fue tomada luego de detectarse una serie de inconvenientes en la prestación de este servicio, las cuales estaban afectando los derechos de clientes y usuarios, como retraso  en la instalación, falta de disponibilidad o interrupción, entre otras

Ahora las normas para la prestación del Servicio de Internet para Uso Público que permitirán establecer las condiciones y parámetros de calidad para la prestación de este servicio en el territorio nacional.

La medida establece que los concesionarios que presten este servicio, tendrán la obligación de aplicar los principios de tratamiento igualitario y no discriminatorio entre los usuarios, asegurando la calidad y eficiencia del mismo.

Entre los parámetros a cumplir se incluyen: indicadores de calidad, infraestructura, medición, publicación de los indicadores, atención y reparación de fallas del sistema, interrupción del servicio, herramienta de verificación y  suministro de información.

Se advirtió que los concesionarios del servicio de Internet para uso público deberán remitir para la revisión de la ASEP el modelo de contrato de suministro del servicio o la respectiva adenda dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigencia de la presente reglamentación.

También se establece que un cliente que confronte interrupciones temporales del servicio durante un periodo de facturación, por causas no atribuibles a éste, deberá recibir del concesionario una acreditación mensual fija por servicio de Internet y otros cargos relacionados con el mismo, prorrateado por el tiempo que hubiese durado la interrupción.

En la factura respectiva, deberá constar la fecha, duración y cálculo de cuantía de lo acreditado al cliente.

El servicio de Internet para uso público (211) es aquel que  permite a un  cliente conectarse  con la red  mundial internet, que no incluye la conexión física o inalámbrica entre el cliente de internet y el concesionario del servicio, que es el proveedor de acceso a la red mundial de Internet.