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Presenta proyecto de ley para que barcos de bandera extranjera mantengan registros en Panamá

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(Ciudad de Panamá-ANPanamá). Un proyecto de ley presentado ante la Asamblea Nacional de Diputados de Panamá por el Ministro de la Presidencia Álvaro Alemán busca crear una alternativa que implica la seguridad jurídica de los derechos de propiedad y de los derechos de acreedores, sin que necesariamente la nave adquiera la nacionalidad panameña.

El administrador de la AMP, Jorge Barakat Pitty, explicó que los beneficios de esste Registro Especial están dirigidos a ofrecer una alternativa a los usuarios que renuncian al Registro Naval Panameño, atraer usuarios que poseen naves inscritas en Registros de Banderas Extranjeras, creación de nuevos mercados para el comercio marítimo panameño y la adaptación del registro a las tendencias del mercado y exigencias de los usuarios.

Explicaron que el hecho de inscribir dichos documentos en Panamá mientras se mantiene el registro de bandera en otro país, no le otorga doble nacionalidad a la nave, lo que se buscaría es que  el registro especial que se plantea busca otorgar la seguridad registral en tema de inscripción de títulos de propiedad y manejo de gravámenes, por el cual se ha caracterizado el Registro Naval Panameño.

En el caso de las naves que ya se encuentran registradas en Panamá y deseen renunciar al registro naval panameño, tendrán la opción de mantener inscritos en la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves, el título de propiedad y los gravámenes que se hayan constituido hasta ese momento sobre la nave, pero con la opción de que permanezca ese historial para futuros traspasos o gravámenes, principalmente los hipotecarios.

En el caso de las naves que se encuentran bajo un registro de bandera extranjera sobre las bases de los contratos de arrendamiento financiero o incluso de fletamento a casco desnudo, pero en los cuales no se pueda o no se opte por registrar el título de propiedad, por las razones correspondientes, sin que se tenga que renunciar o que el registro especial de propiedad implique una segunda nacionalidad.