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Banca deberá aplicar nueva norma sobre liquidez

(Ciudad de Panamá-ANPanamá) La Superintendencia de Bancos de Panamá, emitió un nuevo acuerdo mediante el cual se establecen las disposiciones sobre la gestión del riesgo de liquidez y el ratio de cobertura de liquidez a corto plazo.

El documento se fundamenta en Basilea III y regirá a partir de julio de 2018 para todos los bancos que operan con licencia general y licencia internacional.

Entre los principales aspectos del acuerdo que deberá cumplir la banca están el que la  gerencia superior tendrá a su cargo la responsabilidad de desarrollar y aplicar la estrategia de gestión del riesgo de liquidez, con arreglo a la tolerancia al riesgo del banco.

Esta estrategia deberá incluir políticas específicas de gestión de la liquidez, tales como la composición y el plazo de vencimiento de activos y pasivos; la diversidad y estabilidad de las fuentes de financiamiento; el enfoque de gestión de la liquidez en diferentes monedas, países, líneas de negocio y entidades jurídicas; el enfoque de gestión de la liquidez intradía; los supuestos sobre la liquidez de los activos y su capacidad de ser negociados en el mercado y as necesidades de liquidez en condiciones normales, las repercusiones sobre la liquidez de periodos caracterizados por tensiones de liquidez, cuyo origen puede residir en la propia entidad, en el conjunto del mercado o en ambos.

Según el acuerdo  la gerencia superior deberá vigilar estrechamente las tendencias del mercado y los posibles acontecimientos que pudieran plantear problemas sustanciales, inéditos y complejos en la gestión del riesgo de liquidez, para que puntualmente puedan introducirse oportunos cambios en la estrategia de liquidez.

El banco deberá definir e identificar el riesgo de liquidez al que se encuentra expuesto en todas las entidades jurídicas, sucursales y filiales de las jurisdicciones en las que opera. Las necesidades de liquidez del banco y las fuentes de financiamiento disponibles para satisfacerlas dependen sensiblemente de su modelo de negocio y su cartera de productos, de la estructura del balance y del perfil de los flujos de caja resultantes de sus obligaciones dentro y fuera de balance.

El banco deberá utilizar toda una gama de instrumentos de medida o indicadores, considerando que ningún indicador puede por sí solo cuantificar por completo el riesgo de liquidez. Para disponer de una visión prospectiva de sus exposiciones al riesgo de liquidez, deberá utilizar indicadores que evalúen la estructura del balance y de otros que proyecten los flujos de caja y las futuras posiciones de liquidez, teniendo en cuenta los riesgos fuera de balance, los cuales deberán incorporar las vulnerabilidades existentes, tanto en condiciones de negocio normales como en situaciones de tensión, para diversos horizontes temporales

Además, el banco deberá establecer límites al riesgo de liquidez, a fin de controlar su exposición y vulnerabilidad al riesgo de liquidez y Acuerdo No. 002-2018 Página 8 de 20 revisar periódicamente dichos límites y sus correspondientes procedimientos de refuerzo.

Otro de los aspectos que exige el acuerdo es que el banco deberá diversificar las fuentes de financiamiento disponibles a corto, mediano y largo plazo. Los objetivos de diversificación deberán formar parte de los planes de financiamiento de mediano a largo plazo y ser consistentes con los procesos de planificación presupuestaria y de negocio. 

Por otro lado, el acuerdo establece que el ratio de cobertura de liquidez a corto plazo (LCR) se define mediante el cociente de dos cantidades. La primera cantidad, corresponde al fondo de activos líquidos de alta calidad y la segunda corresponde a las salidas netas de efectivo en 30 días.

Entre los principales activos de alta calidad se establecen monedas y billetes, Depósitos a la vista o con un plazo de vencimiento no superior a 30 días, en los bancos de la Reserva Federal de Estados Unidos, Banco de Pagos Internacionales o cualquier otra entidad financiera de características similares, que autorice la Superintendencia de Bancos y Valores negociables especificados en ese acuerdo.

El acuerdo también hace un listado de las salidas netas de efectivo en 30 días que se reconocen para el cálculo de la liquidez.