Asamblea aprueba proyecto de ley que prohibe en Panamá dispositivos electrónicos de cigarrillos
(Ciudad de Panamá-ANPanamá) La Asamblea Nacional aprobó en terer debate el Proyecto de Ley 178 que divulga los efectos nocivos del uso de dispositivos electrónicos en los cigarrillos y que prohíbe su venta en comercios locales, excepto en las zonas francas para su exportación y reexportación a un tercer país.
El pleno legislativo dio su voto favorable al Proyecto de Ley 178, que prohíbe el uso, importación y comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores calentadores y otros dispositivos similares, con o sin nicotina, en la república de Panamá.
La iniciativa del diputado presidente Crispiano Adames establece que los propietarios, gerentes o administradores de los ambientes públicos y privados, abiertos y cerrados, tendrán que colocar letreros visibles en estos locales advirtiendo el uso de sistemas electrónicos de administración de nicotina.
De acuerdo con este punto, deberá colgar un mensaje en el cual se prohíbe el uso de dichos sistemas electrónicos y que se podrá hacer la denuncia al 311.
El letrero debe mantener las siguientes características, el tamaño debe ser como mínimo de ocho y media por 14 pulgadas y estar colocado a una altura de 1.5 metros de altura desde el piso.
La nueva legislación contra el tabaquismo, establece que queda prohibida la compra o promoción por internet, que las personas naturales o jurídicas, que realicen actividades de venta y promoción de estos dispositivos en la República de Panamá, serán sancionados de acuerdo con lo establecido en el Código Sanitario.
Además, autoriza a la Autoridad Nacional de Aduanas para detener, decomisar y suspender la venta y comercialización de los sistemas electrónicos en el país.